Dictamen de refutación
Informe pericial completo que se aporta a los autos y rebate el dictamen contrario punto por punto. Incluye ratificación en sala. Es la modalidad que se usa cuando hay que contradecir la prueba en el procedimiento.
Análisis crítico · LEC art. 348
Contrainforme pericial para despachos: refutación técnica del dictamen contrario, análisis de metodología y normativa, tacha del perito y ratificación en sala (LEC arts. 347 y 348).
No todo caso necesita un dictamen completo. A veces lo que el letrado necesita es saber si el informe contrario aguanta, y eso se resuelve en unos días.
Un contrainforme no elabora un dictamen nuevo sobre la patología: demuestra que las conclusiones del dictamen contrario son incorrectas, incompletas o metodológicamente deficientes. Es un trabajo de auditoría técnica sobre un documento ajeno, no una segunda inspección del inmueble. Esa diferencia es la que hace que sea más rápido y más barato que un dictamen completo, y la que explica que muchos despachos lo encarguen antes de decidir su estrategia probatoria.
Se usan como sinónimos y no lo son. Contrainforme o contrapericia es el dictamen de parte que refuta otro dictamen dentro de un procedimiento judicial. La peritación contradictoria es otra cosa: el procedimiento del art. 38 de la Ley de Contrato de Seguro, en el que cada parte nombra perito y, si discrepan, se designa un tercero. Si su caso es un siniestro con la aseguradora y no un pleito, lo que necesita se explica en la guía de peritación contradictoria y tercer perito.
Metodología: si la inspección fue suficiente, si hubo catas o sólo examen visual, si los ensayos son los que la patología exige. Normativa: si las referencias al CTE, la EHE-08 o la LOE son las aplicables a la fecha de la obra —un error muy frecuente es aplicar normativa posterior a la ejecución—. Coherencia interna: si las conclusiones se siguen de los datos que el propio informe recoge, que es donde más dictámenes se caen. Cuantificación: si la valoración económica está justificada con mediciones y precios contrastables o es una cifra sin soporte.
El art. 348 LEC establece que el tribunal valora los dictámenes «según las reglas de la sana crítica». No hay tarifa legal: el juez no está obligado a seguir ningún informe. En la práctica esto significa que un dictamen no gana por afirmar más fuerte, sino por ser verificable. Un contrainforme eficaz no descalifica al perito contrario; demuestra, con el propio documento en la mano, que sus conclusiones no se sostienen sobre lo que él mismo midió. Cuando el juez no puede fiarse de un informe, da crédito al que sí demuestra solidez.
A veces el defecto no está en la metodología sino en quien firma. Los arts. 343 y 344 LEC permiten tachar al perito de parte —por vínculo con la parte, interés en el asunto o falta de titulación adecuada a la materia— y el art. 124 LEC regula la recusación del perito designado judicialmente. La tacha no anula el dictamen, pero el tribunal la pondera al valorarlo. Verificar la habilitación real del firmante para la materia concreta del pleito es una comprobación barata que a veces cambia el caso entero.
El momento procesal manda. El art. 336 LEC exige aportar los dictámenes con la demanda o la contestación; el art. 337 permite anunciarlos y aportarlos después, antes de la audiencia previa; y el art. 338 abre la puerta a dictámenes cuya necesidad surja de lo alegado en la contestación —que es el supuesto típico del contrainforme—. En la práctica, entre la recepción del informe a refutar y la entrega median de 10 a 20 días hábiles, reducibles si el señalamiento aprieta. Avísenos del plazo procesal al primer contacto: condiciona el alcance más que cualquier otra variable.
Cuando el objeto del dictamen excede la competencia acreditada del perito firmante, el apartado correspondiente lo redacta un experto de la materia, cuya autoría consta en el informe. El cuadro de expertos relaciona las materias en las que se produce esa incorporación y la procedencia del aval exigida en cada caso.
Consulta inicial sin coste. Díganos el plazo procesal y le decimos qué modalidad le conviene.