Informe Pericial de Parte
LEC art. 335
Contrainformes Periciales y Peritajes Contradictorios
Análisis crítico · LEC art. 348
Refutación técnica y análisis crítico de dictámenes de la parte contraria. Detección de carencias metodológicas. Ratificación en juicio oral.
Refutación técnicaCarencias metodológicasPericial contrariaSana críticaJuicio oral
Desmontar el argumento contrario
El contrainforme no elabora un nuevo dictamen sobre la patología: demuestra que las conclusiones del dictamen contrario son incorrectas, incompletas o metodológicamente deficientes.
Qué se analiza
Rigor metodológico de la inspección · corrección de las referencias normativas (CTE, EHE-08, LOE) · coherencia entre datos y conclusiones · corrección de la cuantificación económica. Un juez que no puede fiarse del perito contrario da mayor crédito al dictamen que sí demuestra solidez.
§ 06 · Preguntas frecuentes
Antes de encargar un dictamen
01 ¿Puede el juez rechazar un informe pericial?
Valora libremente su fuerza probatoria conforme a la sana crítica (LEC art. 348). Un contrainforme sólido merma el peso del dictamen contrario.
02 ¿Cuánto se tarda?
Entre 10 y 20 días hábiles desde la recepción del informe a refutar. Acelerable con plazo procesal próximo.
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