Acabo de comprar un piso y tiene defectos graves: ¿Qué se considera 'Vicio Oculto'?

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El Plazo de Oro: 6 Meses

Muchos compradores desconocen que el Código Civil establece un plazo muy estricto: tiene 6 meses desde la entrega de llaves para reclamar por vicios ocultos. Pasado este tiempo, la acción caduca y pierde el derecho.

Los 3 Requisitos del Vicio Oculto

No todo defecto es reclamable. Para que un juez lo considere 'vicio oculto', debe cumplir tres condiciones:

  1. Oculto: No debía estar a la vista durante la visita. Si era evidente (una grieta enorme), se asume que compró conociéndolo. Nota: Si usted es experto (arquitecto, constructor), el criterio es más estricto.
  2. Grave: Debe hacer la vivienda impropia para su uso o disminuir tanto su valor que, de haberlo sabido, no la habría comprado o habría pagado mucho menos.
  3. Preexistente: El defecto debía existir antes de la compra, aunque se haya manifestado después. Aquí es donde el informe pericial es vital para demostrar la antigüedad del daño.

Acciones Legales Posibles

Si se confirman los requisitos, puede optar por:

  • Acción Redhibitoria: Deshacer la compra (devolver el piso y recuperar el dinero + gastos).
  • Acción Quanti Minoris: Mantener la propiedad pero exigir una rebaja del precio proporcional al coste de reparación.

Conclusión

Si descubre un defecto grave, no espere. Documente todo, no repare nada todavía y llame a un perito judicial inmediatamente para certificar la preexistencia antes de que se agote el plazo.